HOMOLOGACIONES

HOMOLOGACIÓN DE VEHÍCULOS Y FICHAS TÉCNICAS REDUCIDAS según RD 750/2010

Realizamos Fichas técnicas de todo tipo de vehículos según Real Decreto 750/2010 y realizamos la gestión de la homologación de determinados tipos de vehículos, ante la Autoridad de Homologación y/o Ministerio de Industria. Deberá homologarse todo vehículo, sistema, parte y pieza del mismo antes de proceder a su comercialización dentro de territorio europeo.

NORMATIVA O LEGISLACIÓN NACIONAL DE APLICACIÓN

Por primera vez en España la homologación de vehículos fue regulada por mediante el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre. Posteriormente toda la normativa nacional y europea fue unificada a través del Real Decreto 750/2010, de 4 de junio, con el objeto de dotar al asunto de mayor seguridad jurídica.

Homologación de Vehículos

• Real Decreto 2028/1986 por el que se dictan normas para la aplicación de determinadas Directivas de la C.E.E., relativas a la homologación de tipos de vehículos automóviles, remolques y semirremolques, así como de partes y piezas de dichos vehículos (BOE 02.10.86) • Actualizaciones del R.D. 2028/1986 • Real Decreto 750/2010, de 4 de junio, por el que se regulan los procedimientos de homologación de vehículos de motor y sus remolques, máquinas autopropulsadas o remolcadas, vehículos agrícolas, así como de sistemas, partes y piezas de dichos vehículos. (BOE 24.06.10)

REFORMAS DE VEHÍCULOS

Solo determinadas reformas que se acometen en los vehículos tienen la consideración legal como tal. Las que sí, es decir determinadas modificaciones técnicas tipificadas en el Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos, deben ser analizadas por nuestros técnicos y se ha de cumplir con una serie de requisitos y trámites jurídicos. La Directiva 2007/46/CE del Parlamento europeo y del Consejo, de 5 de septiembre de 2007, por la que se crea un marco para la homologación de los vehículos de motor y sus remolques, sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos fue transpuesta al derecho interno español a través de la Orden ITC/1620/2008, de 5 de junio, por la que se actualizan los anexos I y II del Real Decreto 2028/1986, de 6 junio, sobre las normas para la aplicación de determinadas directivas de la CE, relativas a la homologación de tipo de vehículos automóviles, remolques, semirremolques, motocicletas, ciclomotores y vehículos agrícolas, así como de partes y piezas de dichos vehículos. La citada directiva entró en vigor el 29 de abril de 2009. El Real Decreto 736/1988, de 8 de julio, por el que se regula la tramitación de reformas de importancia de vehículos de carretera y se modifica el artículo 252 del Código de la Circulación permitía las reformas de los vehículos antes de su matriculación mientras que la Directiva 2007/46/CE no contempla esta posibilidad.