www.registroindustrial.es

LEGALIZACIÓN DE INSTALACIONES E INSCRPCIÓN DE INDUSTRIAS EN EL REGISTRO INDUSTRIAL

Aquellas empresas cuya actividad sea de carácter industrial, deberán inscribir en el Registro Industrial la apertura de nuevos establecimientos, su ampliación o reducción, traslado, cambio de titularidad, modificación de datos registrales, revisiones y baja en el Registro en el caso de cese de la actividad industrial.

Disponemos de un área de profesionales especializados en la preparación de expedientes requeridos por la administración para el registro y la obtención de los permisos necesarios de las instalaciones sujetas a aprobación por parte de la Delegación de Industria. Desde la redacción de los Proyectos Técnicos necesarios para la inscripción en el registro o legalización a su tramitación si lo desea.

Requisitos

- Instaciones Eléctricas

- Instalaciones Petrolíferas y Depósitos

- Protección Contra Incendios

- Instalaciones receptoras de gas

- Instalaciones de aparatos de presión.

- Registro Industrial

- Fontanería

- Instalaciones Térmicas

- Ascensores

- Maquinaria

..., etc.

Contacte aquí para solicitar información:

info@ingenierosconsultores.com / T: 629 48 76 06* / 91 515 59 00

* Este contacto es para atención directa con el técnico, en caso de poder atender su llamada deje su mensaje junto a solicitud y número de teléfono.

Requisitos

Deben inscribirse en el Registro Industrial las siguientes actividades, quedando excluidas las empresas sin asalariados cuyo titular sea una persona física:

1. Industrias (Establecimientos y actividades industriales):

a) Las actividades dirigidas a la obtención, reparación, mantenimiento, transformación o reutilización de productos industriales, el envasado y embalaje, así como el aprovechamiento, recuperación y eliminación de residuos o subproductos, cualquiera que sea la naturaleza de los recursos y procesos técnicos utilizados y, en su caso, las instalaciones que éstas precisen.

b) Las actividades de generación, distribución y suministro de la energía y productos energéticos.

c) Las actividades de investigación, aprovechamiento y beneficio de los yacimientos minerales y demás recursos geológicos, cualquiera que sea su origen y estado físico.

d) Las instalaciones nucleares y radiactivas.

e) Las industrias de fabricación de armas y explosivos y aquéllas que se declaren de interés para la defensa nacional.

f) Las industrias alimentarias, agrarias, pecuarias, forestales y pesqueras.

g) Las actividades industriales relacionadas con el transporte y las telecomunicaciones.

h) Las actividades industriales relativas al medicamento y la sanidad.

i) Las actividades industriales relativas al fomento de la cultura.

2. Los servicios de ingeniería, diseño, consultoría tecnológica y asistencia técnica de carácter industrial directamente relacionados con las actividades descritas en el punto 1 (Empresas de servicios a la actividad industrial).

3. Las entidades de acreditación, organismos de control, laboratorios y otros agentes autorizados para colaborar con las Administraciones públicas en materias de seguridad y calidad industriales (Agentes autorizados para colaborar con las Administraciones Públicas).

 

 

 

 

Nuestras oficinas

¿Quienes somos?

Otros trámites

Legalización Garaje-Aparc.